馃實¿Qu茅 son los Derechos Humanos?
Los derechos humanos son principios universales que protegen
la dignidad inherente de todas las personas, sin distinci贸n alguna por motivos
de raza, sexo, nacionalidad, etnia, idioma, religi贸n o cualquier otra
condici贸n. Estos derechos permiten que los individuos vivan con libertad,
igualdad y respeto, y son fundamentales para el desarrollo pleno de la persona
en sociedad.
Est谩n respaldados por leyes nacionales e internacionales,
tratados y principios jur铆dicos que obligan a los Estados a respetarlos,
protegerlos y garantizarlos. Esto implica no s贸lo abstenerse de violarlos, sino
tambi茅n actuar activamente para su realizaci贸n efectiva.
Respetar los derechos humanos no es una opci贸n, sino una
obligaci贸n para todos. Cada autoridad, dentro de sus competencias, debe
promover, proteger y garantizar estos derechos. Adem谩s, todas las personas, sin
excepci贸n, tenemos el deber de respetar los derechos de los dem谩s.
馃懌 Principios fundamentales de los derechos humanos
- Inalienabilidad: No pueden ser eliminados ni renunciados, excepto en casos espec铆ficos y bajo procedimientos legales.
- Igualdad y no discriminaci贸n: Todas las personas tienen los mismos derechos sin importar su condici贸n. Este principio se complementa con la igualdad sustantiva.
- Universalidad: Los derechos humanos pertenecen a todos, en cualquier parte del mundo.
- Interdependencia e indivisibilidad: Todos los derechos est谩n conectados; la realizaci贸n de uno depende del respeto de los dem谩s.
- Progresividad: El Estado debe avanzar constantemente en el reconocimiento y protecci贸n de los derechos, sin retrocesos.
- La
Declaraci贸n de Independencia de los Estados Unidos (1776), que proclam贸
que “todos los hombres son creados iguales”.
- La
Declaraci贸n de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia, 1789),
que estableci贸 principios como libertad, propiedad, seguridad e igualdad
ante la ley.
- Derecho a la vida
- Derecho a la igualdad y prohibici贸n de discriminaci贸n
- Igualdad entre mujeres y hombres
- Igualdad ante la ley
- Libertad de la persona
- Derecho a la integridad y seguridad personales
- Derecho a la propiedad
- Derecho a la ciudadan铆a
- Libertad de expresi贸n
- Libertad de conciencia
- Libertad religiosa y de culto
- Libertad de imprenta
- Derecho a la inviolabilidad del domicilio
- Derecho a la inviolabilidad de comunicaciones privadas
- Derecho a la libertad de tr谩nsito y residencia
- Libertad de asociaci贸n, reuni贸n y manifestaci贸n
- Derecho de acceso a la justicia
- Derecho a la irretroactividad de la ley
- Derecho de audiencia y debido proceso legal
- Principio de legalidad
- Seguridad jur铆dica en detenci贸n y proceso penal
- Derechos de la v铆ctima u ofendido
- Derecho de petici贸n
- Derecho a la reparaci贸n y a la m谩xima protecci贸n
- Derecho a la reinserci贸n social
- Derecho a la educaci贸n
- Derecho a la salud
- Derecho a la vivienda
- Derecho al agua y saneamiento
- Derecho a la alimentaci贸n
- Derecho al trabajo y en el trabajo
- Derecho a la seguridad social
- Derecho de acceso a la cultura
- Derecho a la cultura f铆sica y al deporte
- Derechos sexuales y reproductivos
- Derecho a un ambiente sano
- Derecho a la identidad y al libre desarrollo de la personalidad
- Derecho de acceso a la informaci贸n
- Derecho a la protecci贸n de datos personales
- Derechos de ni帽as, ni帽os y adolescentes
- Derechos de personas con discapacidad
- Derechos de personas adultas mayores
- Derechos de personas migrantes
- Derechos de pueblos y comunidades ind铆genas
- Derechos agrarios
- Ni帽as y ni帽os: menores de 12 a帽os.
- Adolescentes: de 12 a帽os cumplidos y menos de 18.
- Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
- Derecho de prioridad
- Derecho a la identidad
- Derecho a vivir en familia
- Derecho a la igualdad sustantiva
- Derecho a no ser discriminado
- Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral
- Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal
- Derecho a la protecci贸n de la salud y a la seguridad social
- Derecho a la inclusi贸n de ni帽as, ni帽os y adolescentes con discapacidad
- Derecho a la educaci贸n
- Derecho al descanso y al esparcimiento
- Derecho a la libertad de convicciones 茅ticas, pensamiento, conciencia, religi贸n y cultura
- Derecho a la libertad de expresi贸n y de acceso a la informaci贸n
- Derecho de participaci贸n
- Derecho de asociaci贸n y reuni贸n
- Derecho a la intimidad
- Derecho a la seguridad jur铆dica y al debido proceso
- Derechos de ni帽as, ni帽os y adolescentes migrantes
- Derecho de acceso a tecnolog铆as de la informaci贸n y comunicaci贸n (TIC), incluido el Internet y banda ancha
- Derecho a gozar de todos los derechos reconocidos por la Constituci贸n y tratados internacionales
- Derecho a la nacionalidad
- Derecho a la libertad de tr谩nsito
- Derecho a la seguridad jur铆dica y al debido proceso
- Derecho a la asistencia consular
- Derecho a la no discriminaci贸n
- Derecho a solicitar asilo
- Derecho a solicitar el reconocimiento de la condici贸n de refugiado
- Derecho a la protecci贸n de la unidad familiar
- Derecho a la dignidad humana
- Derecho a no ser criminalizado
- Derecho a un alojamiento digno
- Derecho a no ser incomunicado
- Derecho a un int茅rprete o traductor
- Derecho a no ser detenido dentro o cerca de albergues
- Derecho a la dignidad de la persona: Nadie puede ser sometido a violencia, abuso ni discriminaci贸n. Toda persona debe ser respetada y protegida integralmente.
- Derecho a la integridad personal: Protecci贸n frente a da帽os f铆sicos, ps铆quicos o morales. Prohibici贸n de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Derecho al libre desarrollo de la personalidad: Libertad para elegir su proyecto de vida y desarrollarse plenamente, sin coacci贸n ni limitaciones injustificadas.
- Derecho a la reparaci贸n integral y a la m谩xima protecci贸n: Incluye restituci贸n, atenci贸n, rehabilitaci贸n, medidas de protecci贸n y compensaci贸n proporcional al da帽o sufrido.
- Derecho a no ser criminalizado o revictimizado: Las v铆ctimas no deben ser tratadas como sospechosas ni sufrir estigmatizaci贸n o negligencia institucional.
- Derecho a no ser explotado: Ninguna persona puede ser tratada como objeto de comercio, sometida a esclavitud o trabajos forzados.
- Derecho al trato digno: Las autoridades deben abstenerse de cualquier conducta que vulnere la dignidad humana.
- Derecho a la libertad: Nadie puede ser privado de su libertad sin fundamento legal y sin respeto a garant铆as m铆nimas.
- Derecho a la integridad y seguridad personal: Proh铆be cualquier da帽o f铆sico, psicol贸gico o trato cruel.
- Derecho a la igualdad ante la ley: Todas las personas deben recibir el mismo trato jur铆dico sin discriminaci贸n alguna.
- Derecho a la legalidad: Los actos de las autoridades deben realizarse dentro del marco normativo y respetando el debido proceso.
- Derecho a la seguridad jur铆dica: Toda persona debe vivir bajo un sistema normativo claro que limite el poder de las autoridades.
- Derecho a la defensa y al debido proceso: Garantiza la posibilidad de defenderse en juicio conforme a la ley.
- Derecho al reconocimiento de la personalidad jur铆dica: Toda persona debe ser reconocida como sujeto de derechos desde el momento en que se denuncia su desaparici贸n.
- Derecho al acceso a la justicia: Las v铆ctimas y sus familiares tienen derecho a una investigaci贸n efectiva, sin dilaciones ni obst谩culos.
- Igualdad de oportunidades: Derecho a formaci贸n, alimentaci贸n, agua, vivienda, vestido, atenci贸n sanitaria, trabajo remunerado, educaci贸n, capacitaci贸n, y vivir en un entorno seguro adaptado a sus necesidades que privilegie su integridad f铆sica, salud y vida.
- Participaci贸n: Derecho a participaci贸n activa en pol铆ticas, compartir conocimientos y formar movimientos o asociaciones.
- Cuidados: Derecho a cuidados familiares, acceso a servicios sanitarios y disfrute de derechos fundamentales en hogares e instituciones donde reciban cuidados y tratamiento.
- Autorrealizaci贸n: Derecho a desarrollar plenamente su potencial mediante acceso a recursos educativos, culturales, espirituales, recreativos y participaci贸n pol铆tica.
- Dignidad: Derecho a vivir con seguridad, libres de explotaci贸n, maltrato f铆sico o mental y a recibir trato digno.
- Acceso a la justicia: Derecho a ser o铆das con garant铆as y dentro de un plazo razonable por tribunales competentes e imparciales, tanto en acusaciones penales como para la determinaci贸n de derechos y obligaciones civiles, laborales o fiscales.
- Se garantizar谩 diligencia y tratamiento preferencial para tramitaci贸n, resoluci贸n y ejecuci贸n en procesos administrativos y judiciales, actuando con especial rapidez en riesgos para salud o vida.
- Enfoque de derechos y calidad de vida: Representa un cambio estructural en la pol铆tica p煤blica con visi贸n integral para su desarrollo humano.
- Enfoque de ciclo de vida y visi贸n prospectiva: El envejecimiento es un proceso que requiere valorar acciones pasadas y elaborar alternativas para escenarios futuros.
La Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos lo expresa
claramente en su art铆culo 1:
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Breve historia del origen de los derechos humanos
Aunque el concepto moderno de derechos humanos es
relativamente reciente, su origen se remonta a siglos atr谩s, con m煤ltiples
antecedentes culturales, pol铆ticos y religiosos que buscaban proteger la
dignidad humana.
Antig眉edad: Uno de los primeros documentos considerados
precursor de los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, proclamado por Ciro
el Grande tras la conquista de Babilonia, en el siglo VI a.C. Este texto persa
promov铆a la libertad religiosa y la igualdad entre pueblos conquistados.
En el mundo 谩rabe, destaca el Hilf al-Fudul (“Pacto de los
Virtuosos”), una alianza entre tribus de La Meca alrededor del a帽o 590 d.C.,
cuyo objetivo era proteger a los oprimidos y garantizar justicia, sin importar
su origen. El profeta Mahoma reconoci贸 este pacto incluso despu茅s del inicio
del Islam, lo que refuerza su relevancia como antecedente de justicia social y
derechos colectivos.
Edad Media: Durante esta etapa, emergen importantes
documentos que limitaban el poder absoluto y reconoc铆an ciertos derechos. Uno
de los m谩s emblem谩ticos es la Carta Magna de 1215 en Inglaterra, que estableci贸
l铆mites al poder del rey y sent贸 las bases para el desarrollo de las libertades
civiles.
En 脕frica occidental, el Imperio de Mal铆 produjo documentos
normativos que organizaban la vida social y valoraban la dignidad humana,
mostrando que diversas culturas ya conceb铆an principios similares a los
derechos humanos.
Edad Moderna: Durante el Renacimiento y la Ilustraci贸n, se
consolid贸 la idea de que todos los seres humanos poseen derechos naturales por
el simple hecho de existir. Estos ideales se materializaron en dos hitos
hist贸ricos:
Siglo XX: el gran parteaguas tras el horror de la Segunda
Guerra Mundial y el Holocausto, la comunidad internacional reconoci贸 la
necesidad de una protecci贸n universal de los derechos fundamentales. En 1948,
la Asamblea General de las Naciones Unidas adopt贸 la Declaraci贸n Universal de
los Derechos Humanos, que se convirti贸 en la piedra angular del derecho
internacional en la materia.
Desde entonces, los derechos humanos han sido reconocidos, ampliados y defendidos a trav茅s de tratados, convenciones, constituciones nacionales y organismos internacionales.
馃實 Derechos Humanos Universales
Los derechos humanos se agrupan en distintas categor铆as, pero todos comparten un principio fundamental: proteger la dignidad de la persona. Aqu铆 te presentamos una clasificaci贸n tem谩tica para facilitar su comprensi贸n:
馃 Derechos civiles y pol铆ticos
馃摎 Derechos econ贸micos, sociales y culturales
馃尡 Derechos ambientales y de identidad
馃懃 Derechos colectivos y de grupos en situaci贸n de vulnerabilidad
馃懚 Derechos de Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes
De acuerdo con el art铆culo 5 de la Ley General de los Derechos de las Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes, se considera:
Estos derechos est谩n reconocidos en la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y leyes nacionales. Entre ellos destacan los que menciona el art铆culo 13 de la Ley General:
馃毝馃懡 Derechos de las Personas Migrantes
En M茅xico, las personas migrantes gozan de todos los derechos reconocidos por la Constituci贸n y por los tratados internacionales firmados por el Estado mexicano, sin importar su estatus migratorio.
La Ley de Migraci贸n y el Art铆culo 1潞 constitucional garantizan el respeto irrestricto a los derechos humanos de todas las personas en territorio nacional.
馃摐 Derechos fundamentales de las personas migrantes
馃懅 Inter茅s Superior de la Ni帽ez
Cuando ni帽as, ni帽os o adolescentes migrantes est谩n involucrados, todas las autoridades tienen la obligaci贸n de priorizar su protecci贸n integral, considerando su bienestar, seguridad y derechos humanos como prioridad m谩xima.
馃洃 Derechos en Casos de Trata de Personas
Las v铆ctimas de trata de personas tienen derecho a ser protegidas integralmente, sin importar su nacionalidad, edad, g茅nero o condici贸n migratoria. Estos derechos est谩n respaldados por la Constituci贸n y por tratados internacionales.
馃攼 Derechos fundamentales de las v铆ctimas
馃暤️ Derechos Relacionados con la Desaparici贸n de Personas
Cuando ocurre una desaparici贸n forzada, se vulneran m煤ltiples derechos humanos. A continuaci贸n, se detallan los principales derechos afectados que deben ser garantizados tanto a las v铆ctimas como a sus familias.
馃搵 Derechos vulnerados en casos de desaparici贸n
馃懌 Derechos de los pueblos ind铆genas
M茅xico es un pa铆s con gran riqueza cultural y 茅tnica, con varias decenas de etnias aut贸ctonas cuya existencia no hab铆a sido reconocida hasta hace poco tiempo. Por ello no se hab铆an desarrollado normativamente derechos sociales importantes para estos pueblos, quienes adem谩s han sido marginados del desarrollo econ贸mico, pol铆tico, social y cultural, y se han desconocido las manifestaciones propias de sus culturas.
El art铆culo 2潞 constitucional establece un marco general para el desarrollo de 贸rganos de representaci贸n de las comunidades ind铆genas, reconoci茅ndoles derechos a la autonom铆a, libre determinaci贸n, uso y aplicaci贸n del derecho consuetudinario, y acceso a la tenencia de la tierra y uso y disfrute de los recursos naturales.
馃挌馃樂 Derecho a la protecci贸n a la salud
Toda persona tiene derecho a la protecci贸n de la salud. Quienes hacen uso de los servicios de salud tienen derecho a prestaciones oportunas, profesionales, id贸neas y responsables.
馃懘馃懙馃挍 Derecho de las personas adultas mayores
Las personas de 60 a帽os y m谩s son titulares de los derechos humanos reconocidos en la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos y de los ordenamientos jur铆dicos derivados de ella.
El Estado mexicano, como autoridad garante, debe generar mecanismos que aseguren que planes, programas, pol铆ticas p煤blicas y cualquier acci贸n para el pleno ejercicio de sus derechos atiendan los siguientes principios:
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